ARQUIDIÓCESIS METROPOLITANA DE GUADALAJARA

COMUNIDAD CATÓLICA DE MINECRAFT

DECRETO N° 007/2026

SERGIO CARD. GÓMEZ GARCÍA

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA

2° ARZOBISPO METROPOLITANO DE GUADALAJARA


DECRETO DE FUNDACIÓN

Al clero, religiosos, laicos y a todo aquel que lea estas letras, Saludos y Bendiciones de Dios y de Nuestro Señor Jesucristo.

Prot. 007/2026

CONSIDERANDO:

1. Que, la Iglesia de Cristo, enviada al mundo para anunciar la Buena Nueva de salvación, debe, en todo momento, adaptarse a los medios que mejor contribuyan a su misión evangelizadora.

2. Que, en la era actual, marcada por la velocidad de la información, las redes digitales y los nuevos modos de comunicación, es deber de la Iglesia discernir, evangelizar y ocupar estos espacios, llevando el mensaje del Evangelio a todos los que los habitan.

3. Es propio de la Iglesia el deber de anunciar la salvación y de iluminar con la luz de Cristo a todos los hombres (Ad Gentes, 2), y por eso, los instrumentos de comunicación son, en nuestros días, verdaderos púlpitos modernos, desde los que el Verbo Encarnado continúa siendo proclamado.

4. Que, a tenor de los cánones 27, 45 y 133-144, reconocen al Ordinario del lugar la potestad de erigir y proveer oficios e instituciones eclesiales ordenados a la evangelización y al bien común de los fieles.

DECRETAMOS:

1. Quedan canónicamente constituido, en nuestra jurisdicción, los medios de comunicación VOZ DEL EVANGELIO, y por este acto constituyen personas jurídicas públicas eclesiásticas (cf. canon 116 § 1), directamente vinculados a la curia metropolitana y sujetos a nuestra autoridad, según las normas del derecho canónico, a partir de la fecha de este decreto.

2. La VOZ DEL EVANGELIO tiene como finalidad:
    1. Promover y difundir la Palabra de Dios y el Magisterio de la Iglesia.
    2. Favorecer la comunión entre las parroquias, pastorales y organismos diocesanos.
    3. Servir como instrumento de formación cristiana, información pastoral y promoción humana.
    4. Ser la voz de la arquidiócesis de Guadalajara, anunciando la fe y testimoniando el Evangelio con fidelidad a la verdad y la caridad.

3. El citado medio de comunicación se regirá por los Estatutos legítimamente aprobados por las normas del derecho universal y por las disposiciones particulares que emanen de nuestra jurisdicción.

4. Al Rev. P. Santiago Yoab Hernández, en conformidad con los cánones 137 y 144, lo nombramos y solemnemente definimos como director del mencionado medio de comunicación, con todas las atribuciones, deberes y responsabilidades inherentes al cargo, a partir de la fecha de este decreto.

5. Exhortamos vivamente al antes mencionado presbítero a ejercer su oficio con alegría, celo pastoral y espíritu de comunión, recordando que el servicio eclesial en la comunicación es también un ministerio de evangelización.

6. Que su palabra, sostenida por la verdad e iluminada por el amor de Cristo, sea instrumento eficaz de unidad, esperanza y de fe, de modo que la Voz del Evangelio se conviertan en expresión viva del mandato del Señor: «Lo que les digo en la oscuridad, díganlo a la luz del día; lo que les susurro al oído, proclamadlo desde las azoteas» (Mt 10,27).

7. El presente decreto entra en vigor desde la fecha de su publicación, y deberá ser debidamente notificado y registrado en los archivos de la curia metropolitana.

Que  Dios, el glorioso Señor San José y Nuestra Santísima Madre, guíe a este hermano nuestro en su nuevo encargo.

Dado en Guadalajara, en el palacio del Arzobispado, a los ocho (8) días del mes de enero, del Año del Señor dos mil veintiséis (2026).


+ Card. Sergio Gómez
✠ Sergio Card. Gómez
Arzobispo de Guadalajara 


+ Jesús Gabriel
✠ Mons. Jesús Gabriel Mata 
Obispo Auxiliar de Guadalajara

P. Cristhiam Gómez     
  P. Cristhiam Gómez   
Canciller del Arzobispado, quien lo suscribe