ARQUIDIÓCESIS METROPOLITANA DE GUADALAJARA
COMUNIDAD CATÓLICA DE MINECRAFT
DECRETO N° 010/2026
SERGIO CARD. GÓMEZ GARCÍA
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA
2° ARZOBISPO METROPOLITANO DE GUADALAJARA
NOMBRAMIENTOS ORDINARIOS
Al clero, religiosos, laicos y a todo aquel que lea estas letras, Saludos y Bendiciones de Dios y de Nuestro Señor Jesucristo.
Prot. 010/2026
CONSIDERANDO:
1. Que, para garantizar un servicio pastoral eficaz y adaptado a las necesidades espirituales y administrativas de nuestra jurisdicción, habiendo meditado sobre medidas oportunas para asegurar una atención pastoral adecuada dentro de nuestra iglesia particular.
2. Que, a tenor del Canon 157, es deber del Obispo diocesano proveer los oficios que han quedado vacantes en su propia Iglesia particular para el bien de las almas, la cura pastoral y el culto divino.
3. Que, a tenor del Canon 391 § 1, corresponde al Obispo diocesano gobernar con potestad legislativa, ejecutiva y judicial, a tenor del derecho.
4. Que, a tenor del Canon 392 § 1, dado que el obispo tiene la obligación de defender la unidad de la Iglesia universal, promover la disciplina que es común a toda la Iglesia, y por tanto, exigir el cumplimiento de todas las leyes eclesiásticas.
5. Que, a tenor del Cánones 391 § 2 y 1420 § 1, todo Obispo diocesano tiene potestad judicial la que ejerce a través del vicario judicial, y que este debe ser nombrado con potestad ordinaria para juzgar.
6. Que, a tenor del Canon 1430 y 1435, para las causas contenciosas en que está implicado el bien público, y para causas penales, ha de constituirse un promotor de justicia, quien por oficio está obligado a velar por el bien público, y corresponde al Obispo su nombramiento.
DECRETAMOS:
1. Al Rvdo. P. Cristhiam Joan Gómez, lo nombramos y solemnemente definimos como vicario judicial y juez-presidente del Tribunal Eclesiástico de Primera Instancia de Guadalajara.
2. Al Rvdo. Mons. Damián Sebastián Ross, lo nombramos y solemnemente definimos como promotor de justicia del antes mencionado tribunal.
3. Confiando que, si hubieran de ser llamados a intervenir en los asuntos para los que son seleccionados a tenor del derecho, actúen con imparcialidad, equidad y rectitud en favor de la justicia.
4. El presente decreto entra en vigor desde la fecha de su publicación, y deberá ser debidamente notificado y registrado en los archivos de la curia metropolitana.
Que Dios, el glorioso Señor San José y Nuestra Santísima Madre, guíen a estos hermanos nuestros en sus nuevos encargos.
Dado en Guadalajara, en el palacio del Arzobispado, a los nueve (9) días del mes de enero, del Año del Señor dos mil veintiséis (2026).
+ Card. Sergio Gómez
✠ Sergio Card. Gómez
Arzobispo de Guadalajara
+ Jesús Gabriel
✠ Mons. Jesús Gabriel Mata
Obispo Auxiliar de Guadalajara
P. Jafet
† P. Jafet Dávila
Canciller del Arzobispado, quien lo suscribe


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