ARQUIDIÓCESIS METROPOLITANA DE GUADALAJARA
COMUNIDAD CATÓLICA DE MINECRAFT
DECRETO N° 064/2026
SERGIO CARD. GÓMEZ GARCÍA
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA
2° ARZOBISPO METROPOLITANO DE GUADALAJARA
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA
2° ARZOBISPO METROPOLITANO DE GUADALAJARA
DECRETO DE EXCARDINACIÓN
Al clero, religiosos, laicos y a todo aquel que lea estas letras, Saludos y Bendiciones de Dios y de Nuestro Señor Jesucristo.
Prot. 064/2026
CONSIDERANDO:
1. Que, para garantizar un servicio pastoral eficaz y adaptado a las necesidades espirituales y administrativas de nuestra jurisdicción, habiendo meditado sobre la excardinación de los Rvdos. P. Emigdio Mercucchi y Gamael López
2. Que, a tenor del Canon 267 § 1, la Arquidiócesis Metropolitana de Medellín y Diócesis de Grao Para, con el consentimiento expreso de su Arzobispo y Obispo titular han aceptado canónicamente la incardinación de los presbíteros antes mencionados.
DECRETAMOS:
1. Se concede la excardinación al Rvdo. P. Emigdio Mercucchi (Chema) del clero de la Arquidiócesis Metropolitana de Guadalajara, a partir de la fecha de este decreto, lo que implica el cese de su pertenencia a nuestra jurisdicción eclesiástica.
2. En virtud de la aceptación canónica previamente otorgada por la Diócesis de Grao Para, el mencionado presbítero queda formalmente incardinado en dicha Diócesis, sometiéndose a la jurisdicción y autoridad del Obispo de dicha sede.
3. Se concede la excardinación al Rvdo. P. Gamael López del clero de la Arquidiócesis Metropolitana de Guadalajara, a partir de la fecha de este decreto, lo que implica el cese de su pertenencia a nuestra jurisdicción eclesiástica.
4. En virtud de la aceptación canónica previamente otorgada por la Arquidiócesis de Metropolitana de Medellín, el mencionado presbítero queda formalmente incardinado en dicha Diócesis, sometiéndose a la jurisdicción y autoridad del Obispo de dicha sede.
5. Agradecer por los leales y valiosos servicios prestados a los Rvdos. P. Chema y Gamael en esta iglesia en particular y oramos para que el Señor bendiga abundantemente su misión en la Diócesis de Grao Para y la Arquidiócesis de Medellín.
6. El presente decreto entra en vigor desde la fecha de su publicación, y deberá ser debidamente notificado y registrado en los archivos de la curia metropolitana, así como comunicado a la curia de la Arquidiócesis Primada de México.
Que Dios, el glorioso Señor San José y Nuestra Santísima Madre, guíen a estos hermanos nuestros.

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